Micelio
Auto20 de mayo de 2009

A- de 2009

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Wilinton Rincon Peñaranda Vs Ministerio De Medio Ambiente

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Tercero Administrativo Del Circuito De Bucaramanga Y La Corte Suprema De Justicia, Sala De Casación Civil, La Corte Suprema Decidió Declarar La Nulidad De Lo Actuado Por Estimar Que El Tribunal Superior De Bucaramanga, No Era Competente Para Conocer De La Acción De Tutela, Al Respeto La Corte Constitucional Reitera Que Los Jueces No Pueden Determinar Contra Quien Ha Debido Formularse La Acción Y Luego Se Declararse Incompetentes, Señala Que Es La Manifestación Que Del Demando Hace El Accionante, Es Lo Que Determina El Funcionario A Quien Debe Repartirse, Por Lo Tanto Se Decide Remitir El Expediente A La Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Civil, Para Que Resuelva La Impugnación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha 5 de febrero de 2009, en el que decretó la nulidad de lo actuado en primera instancia por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
  2. Segundo. REMITIR el expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, para que sin más demoras, resuelva la impugnación presentada dentro del proceso de tutela iniciado por Wilinton Rincón Peñaranda contra el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo y la oficina del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
  4. Tercero. Administrativo del Circuito de Bucaramanga, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional en relación con el conflicto de competencia.
  5. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.